Rescisión del Acuerdo ISO por parte de la OIT

Rescisión del Acuerdo ISO por parte de la OIT

Declaración de la OIT a raíz de la rescisión del Acuerdo entre la Organización Internacional del Trabajo y la Organización Internacional de Normalización, suscrito el 6 de agosto de 2013

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) comunicó el 18 de diciembre de 2018 a la Organización Internacional de Normalización (ISO) su decisión de rescindir el Acuerdo suscrito entre ambas organizaciones  el 6 de agosto de 2013. La decisión se tomó a raíz del examen, por parte del Consejo de Administración de la OIT , de un informe sobre la aplicación experimental por la OIT de dicho Acuerdo  en los últimos cuatro años.*  La rescisión  surtirá efecto el 8 de marzo de 2018.

Con la rescisión del Acuerdo suscrito en 2013, la OIT afirma que la labor de la ISO o de otras entidades públicas o privadas no debería entrar en conflicto con las políticas públicas o reglamentos, incluidas las normas internacionales del trabajo y las directrices pertinentes, que incumben a los gobiernos o las organizaciones constituidas en virtud de tratados. La aplicación del Acuerdo de 2013 en los últimos cuatro años no ha permitido cumplir los objetivos en él establecidos; se trataba, por ejemplo, de evitar que las normas de la ISO entrasen en conflicto con las normas internacionales del trabajo y de comunicar a la OIT con la debida antelación las propuestas de la ISO que pudieran abordar ámbitos de la OIT. La OIT y la ISO discreparon con respecto a si, en el marco de la elaboración de normas de la ISO, las normas internacionales del trabajo debían utilizarse, “en caso de conflicto, […] como la referencia por lo que se refiere a los ámbitos de la OIT” (párrafo 4 del Acuerdo), o si la ISO debía simplemente tomar en consideración las normas internacionales del trabajo, pero sin estar obligada a atenerse a ellas. Cuando las normas internacionales del trabajo no constituyen la base de normas privadas sobre temas que forman parte del mandato de la OIT, se corre el riesgo de que dichas normas privadas no confieran protección a los trabajadores, pese a la existencia del consenso tripartito plasmado en forma de normas internacionales del trabajo que se llevan adoptando y aplicando desde hace varios decenios.

La OIT seguirá teniendo un papel activo en el ámbito internacional para asegurar que otras instancias públicas y privadas actúen de conformidad con las normas de la OIT. Con arreglo a la correspondiente decisión del Consejo de Administración, la OIT no procederá a renovar la colaboración con la ISO si no obtiene suficientes garantías de que se van a respetar las normas de la OIT. La ISO es eficaz para reunir competencias especializadas en ámbitos técnicos diferenciados, pero no tiene el mandato, la representación, las competencias especializadas ni la capacidad que le permitan tratar cuestiones sociales que deben ser examinadas en el marco de procesos concebidos para conciliar los intereses encontrados de diferentes partes interesadas. La OIT seguirá recibiendo información sobre algunas normas técnicas previstas en el programa de trabajo de la ISO sin que sea necesario mantener una colaboración activa.

*  El Acuerdo se puso en marcha  a título experimental en el contexto de la elaboración de una norma ISO sobre los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo (ISO 45001).

Cabe recordar que España ha sido uno de los países que en su día voto NO a la publicación de ISO 45001: 2018